Los nuevos contadores de la luz dispondrán de telegestión y discriminación horaria de los consumos






Adiós a los contadores de luz con la clásica rueda que gira y gira. Los clásicos contadores analógicos, unos 22 millones, empezarán a desaparecer de las casas a partir del 1 de julio de 2007. Los nuevos que se instalen tendrán que ser electrónicos, para permitir su telegestión y la discriminación horaria de los consumos.
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LA UNIÓN DE CONSUMIDORES DENUNCIA EL INCUMPLIMIENTO DE LAS ELECTRICAS EN LA SUSTITUCIÓN DE LOS CONTADORES


La Unión de Consumidores de Extremadura (UCE) ha denunciado el incumplimiento de las eléctricas por no llevar a cabo el Plan de Sustitución de los Equipos de Medida, que obliga a las compañías suministradoras a sustituir los contadores con una potencia contratada de hasta 15 kw, por equipos nuevos que permitan la discriminación horaria y la telegestión, antes del 31 de diciembre de 2018.
Además, las empresas distribuidoras deberían haber presentado un plan de sustitución de contadores para su aprobación ante la Junta de Etremadura.
La Orden obliga asimismo a las compañías eléctricas asustituir al menos 30 por ciento del parque de contadores con menos de 15 kw, antes del 31 de diciembre de 2010. Obligación que se ha incumplido en nuestra región, donde no se ha sustituido ni el 10 por ciento.

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La UCE espera que la repercusión económica del nuevo contador electrónico sea 'nula o mínima'


Endesa afirma que la sustitución de los contadores de alquiler no supondrá coste para los clientes y que se dará opciones al resto

SEVILLA, 22 (EUROPA PRESS)

La Unión de Consumidores de España (UCE) espera que el Estado no "comprometa a los usuarios en el coste del nuevo contador electrónico" que establece el Real Decreto publicado el pasado 19 de septiembre, que en su opinión deben asumir las propias compañías eléctricas, de forma que "su repercusión económica debe ser nula o absolutamente mínima en el bolsillo del usuario".

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Las penalizaciones por energía reactiva se disparan en el 2010


Desde enero de 2010 las empresas con un contrato superior a 15 kW, lo cual incluye prácticamente a cualquier negocio, desde una pequeña tienda a una gran industria, pueden estar sufriendo importantes incrementos en el importe de su factura eléctrica.

Esto se debe a un cambio legislativo, publicado el 31 de diciembre de 2009 en el BOE, que busca impulsar la eficiencia energética a través de un uso más responsable de la energía en las empresas.



Con las nuevas tarifas, cualquier instalación que disponga de equipamientos tan básicos como máquinas de aire acondicionado o una nevera, es susceptible de estar sufriendo importantes recargos en concepto de energía reactiva. Esta modificación ha provocado que usuarios que hasta ahora no pagaban por el consumo de energía reactiva, pasen a ver como este concepto se dispara en su factura eléctrica a partir de enero 2010.

Como es lógico, esta nueva legislación afecta todavía más a las industrias en las que se utilizan equipos como motores y transformadores.

El incremento más radical se produce en instalaciones con cos φ entre 0,95 y 0,9, cuyo recargo por reactiva había sido prácticamente nulo hasta principios de este año, y ahora pueden pasar a sufrir importantes penalizaciones si no eliminan su consumo de energía reactiva.

Este nuevo incremento de las tarifas, mucho mayor que cualquier subida anterior, hace cada vez más patente la necesidad de la instalación de baterías de condensadores para la mayoría de negocios, sea cual sea su actividad.

FUENTE : http://ahorroenergia30.com

Nuevas tarifas de energía reactiva


Nuevas tarifas de energía reactiva
22-03-2010

Escrito por Francisco Gil

Voy a intentar explicar en un lenguaje coloquial y simplificado ¿que es la energía reactiva?, para que todo el mundo lo pueda entender.

Lo primero que debemos tener en cuenta de la energía reactiva, es que es parte de la energía eléctrica que pagamos (la mide el contador), pero que no obtenemos rendimiento de ella. Para entendernos y simplificando, es la “energía basura”. Esta energía reactiva se produce en los equipos que alimentamos, en especial en los motores eléctricos, transformadores y grupos electrógenos.

Hay sistemas para corregir esta “energía basura” de forma que la minimice en una instalación. Estos sistemas de corrección de la energía reactiva (también llamados baterías de condensadores), sirven para acercarse todo lo posible a lo ideal. Esta situación ideal se produce cuando de la energía total que consumimos y pagamos, el 100% es energía activa (energía útil) y el 0% energía reactiva (energía inútil o basura).

Nuevas tarifas de energía reactiva
El pasado 28 de diciembre se aprobaron las nuevas tarifas eléctricas de peaje, por el consejo de ministros, en la orden ITC/3519/2009. Una de las consecuencias fue el incremento sin precedentes en la penalización por recargo de la energía reactiva en España. Este recargo puede suponer en el peor de los casos, respecto a la situación anterior, un incremento del 3.197%, el punto no es una coma, es un incremento del tres mil doscientos por cien. ¡Cuidado! Si antes pagabamos por ejemplo 1 cent€, ahora con el mismo consumo de reactiva pagaríamos 32€ (384€/año). Esto se pone serio. Pero tranquilos, porque hay soluciones para evitar incurrir en el pago penalizado de la energía reactiva.

Contrato de potencia eléctrica superior a 10Kw
Primero hay que dejar claro que esta tarifa por recargo de reactiva afecta a todos los contratos con potencias superiores a los 10 Kw. A nivel domestico lo normal es tener contratadas potencias inferiores a 10 Kw, habitualmente entre 3 y 5 Kw., por lo que en general no le afecta. Atención a todos los que tengan una potencia contratada superior a 10 Kw: revisen con detenimiento sus últimos recibos, puede que contengan sorpresas desagradables.

Vamos a explicar a continuación con detalle como les puede afectar.

1.Para consumos de energía reactiva inferiores al 5%, no hay penalización (antes de la nueva ley era del 10%).
2.El siguiente escalado de penalización está entre el 15% y el 10% de energía reactiva. Antes se pagaba a razón de 0,017018 €/Kvar, ahora a 0,041554 €/Kvar. Pongamos el ejemplo de un consumo de 1.00o Kvar. Antes estaba pagando 17,02 €. Ahora con la aplicación de las nuevas tarifas, pagará 41,55 € (500€/año).
3.El cuarto escalado de penalización está entre el 20% y el 15% de energía reactiva. Antes se pagaba a razón de 0,034037 €/Kvar, ahora a 0,041554 €/Kvar. Pongamos el ejemplo de un consumo de 1.00o Kvar. Antes estaba pagando 34,04 €. Ahora con la aplicación de las nuevas tarifas, pagará 41,55 € (500€/año).
4.El último escalado de penalización es el que está por encima del 20% de energía reactiva. Antes se pagaba a razón de 0,051056 €/Kvar, ahora a 0,062332 €/Kvar. Pongamos el ejemplo de un consumo de 1.00o Kvar. Antes estaba pagando 51,06 €. Ahora con la aplicación de las nuevas tarifas, pagará 62,33 € (750€/año).
Calculo para consumo de 1.000 Kvar.
Consumo de energía reactiva Antes Ahora Total anual
< 5% no hay penalización
10% – 15% 0,017018 €/Kvar 17,02 € 0,041554 €/Kvar 41,55 € 500€/año
15% – 20% 0,034037 €/Kvar 34,04 € 0,041554 €/Kvar 41,55 € 500€/año
> 20% 0,051056 €/Kvar 51,06 € 0,062332 €/Kvar 62,33 € 750€/año

Ventajas de la aplicación de baterías de condensadores para la corrección de la energía reactiva
Además del importante ahorro en la factura eléctrica, detallado en el apartado anterior, tiene otros beneficios positivos en nuestras instalaciones, a saber:

■Reduce la caída de tensión en la instalación, mejorando el rendimiento de los equipos conectados en la misma.
■Aumenta la capacidad de carga de la instalación, pudiendo conectar más equipos sin modificar la instalación.
■Reduce las pérdidas en nuestra instalación.
■Como consecuencia de todo lo anterior, provoca una reducción de emisiones de CO2. Esta reducción está valorada en: por cada 1 KvarC, se produce un ahorro de CO2 de 25 Kg al año.
Soluciones


Existen equipos en el mercado que a partir de 600€, según la potencia a corregir, resuelven esta indeseada penalización. Esta inversión en su instalación es muy rentable ya que la recupera la inversión en menos de dos años, vía ahorro de la penalización. Ademas los equipos son de larga duración y en un funcionamiento normal no necesitan mantenimiento.

En el caso de tener una potencia contratada de mas de 10 Kw, no dude en revisar su “recibo de la luz”, en especial el apartado de energía reactiva.

Si tiene alguna duda estaremos encantados de atenderle y proponerles la solución mas adecuada a su problema.

I C P LIMITADOR DE POTENCIA.

El ICP (Interruptor de Control de Potencia) es un dispositivo que limita la cantidad de corriente (amperios) que se consume de forma simultánea en tu hogar, en función de la potencia que tienes contratada.

Su presencia es obligatoria en todas la viviendas, según la normativa vigente (artÌculo 10 del R.D. 1454/2005).


CUADRO ELECTRICO TRACIDIONAL

Este dispositivo se encuentra alojado en una caja normalizada dentro del cuadro eléctrico de tu domicilio. Existen dos tipos de
TRADICIONAL


NUEVA INSTALACION


Cuando tienes muchos electrodomésticos conectados al mismo tiempo, es posible que el ICP salte automáticamente y te quedes sin luz, esto es porque la demanda de potencia en ese momento es mayor que la potencia que tienes contratada, que es por la que tienes preparada tu instalación.

Si esto te pasa, lo primero que debes hacer es desconectar alguno de los aparatos que tienes enchufado y volver a subir manualmente la palanca del ICP. Si no puedes subirla, cuidado, es posible que exista algún cortocircuito en tu instalación, en este caso, ponte en contacto con un instalador de confianza para que pueda revisarla.

Ten en cuenta que si tu ICP salta con demasiada frecuencia, es posible que necesites contratar más potencia.



Lo primero que debes hacer es comprobar si ya lo tienes instalado, generalmente se encuentra dentro del cuadro de electricidad. Como ves en las fotos anteriores.

Si ya lo tienes instalado, debes informar a tu Distribuidora para que pueda verificarlo y precintarlo. Esto es muy importante para evitar problemas futuros. Evita manipulaciones que puedan suponer sanciones.
Si no lo tienes instalado, recuerda que es obligatorio. Y tienes dos opciones:
a Comprar el ICP a un instalador autorizado de tu confianza. En este caso, asegúrate que está homologado.
b Alquilar el ICP a tu Distribuidora aun precio de 0,06 €/mes para monofásicos y 0,12 €/mes para trifásicos. Este coste lo verás reflejado mensualmente en tu factura.

Ten cuidado porque si no has solicitado el ICP, antes del 1 de julio del 2010 tu Comercializadora podrá aplicar una penalización en tus facturas.

Debes tener en cuenta que tanto si lo compras como si lo alquilas, los gastos de revisión y precinto del ICP por parte de la Distribuidora, siempre los asume el cliente, tratándose de un único pago de 8,64 euros.

Lo primero que debes comprobar es si tienes una caja normalizada para instalarlo, la mayoría de las viviendas recientes ya la tienen incorporada dentro del cuadro de electricidad. (incluimos link foto indicando dónde está dentro del cuadro general). Si no tienes esta caja, lo primero que debes hacer es ponerte en contacto con un instalador autorizado.

Después debes decidir qué ICP instalas. Lo mejor que puedes hacer es consultar con un profesional y asegurarte bien de lo que necesitas. Ten en cuenta que el tipo de IPC depende de la intensidad de corriente normalizada, puedes tener un ICP de 7A, 10A, 15A, 20A…
Infórmate cuál te conviene teniendo en cuenta las siguientes características:

La potencia que tienes contratada, ya que a mayor potencia necesitas una intensidad de corriente mayor. Puedes verlo en tu factura.
La tensión normalizada instalada en tu hogar. Generalmente es de 230 V, aunque todavía quedan muchas viviendas con 220 V de tensión. Asegúrate cuál es tu caso.
Y por último, el tipo de suministro es monofásico o trifásico. Si tienes más de 10 kW de potencia contratada lo normal es que tengas suministro trifásico.
Una vez que tienes claro estos puntos, puedes consultar la intensidad de corriente que necesitas en la siguiente tabla. No obstante te aconsejamos consultar con un profesional, que te aconsejará sobre todos estos aspectos y procederá a la instalación del ICP que más te convenga.

FUENTE : WWW.ENDESAONLINE.COM

OPINIONES ICP


Endesa amenaza con subir la factura a quien no tenga limitador de potencia
La Unión de Consumidores cree que las eléctricas deberían asumir el coste de la instalación

A. GILGADO | BADAJOZ.

ICP. El acrónimo suena a impuesto, aunque en realidad se refiere a un interruptor de control de potencia eléctrica similar al contador de toda la vida. Pero el instrumento guarda cierta naturaleza impositiva. Quien no lo instale en casa terminará pagando un recargo que disparará el importe de la factura de luz.
La historia arranca con un real decreto del Ministerio de Industria, que obligó a las compañías eléctricas a controlar la potencia de todos sus clientes. Las empresas pasan la obligatoriedad a sus abonados y están enviando cartas para que cumplan con la normativa y corran con los costes del cambio.
La forma de proceder de las compañías ha hecho que algunas agrupaciones de consumidores pongan el grito en el cielo. Aseguran que en realidad las obligadas son las compañías y no los usuarios, por lo que deberían asumir ellas el coste de poner en las viviendas que lo necesiten los interruptores. Roberto Serrano, de la Unión de Consumidores de Extremadura, denuncia esta actuación. «Al final han trasladado a los clientes un gasto que deben cumplir ellas».
No todos los usuarios van a tener que adaptarse al reglamento ICP. En las construcciones nuevas ya se instala desde hace algunos años, junto a los contadores, interruptores de este tipo, pero las viviendas de más de ocho o diez años que no se hayan reformado no cuentan con el mecanismo.
En la provincia de Badajoz, Endesa lleva ya varias semanas remitiendo cartas informando sobre el proceso. En las misivas, la eléctrica ofrece dos alternativas: comprar o alquilar un interruptor. Si optan por comprar, insta a que contacten con un instalador autorizado para que después la compañía verifique el ICP. El precio medio de este limitador se sitúa en 100 euros.
Los usuarios que decidan alquilar un aparato de estas características lo pueden hacer a través de la propia Endesa. La compañía les cobrará 6 céntimos al mes por contadores monofásicos y 12 para trifásicos. En ambos casos, tanto si compra como si alquila, el usuario debe pagar 9 euros a Endesa por los derechos de enganche a la red.
No adaptarse implica que la compañía empezará a cobrar a los usuarios un recargo similar a la tarifa de contratación de una potencia de 20 kilowatios, lo que automaticamente se traducirá en un repunte significativo de la factura.
Mejor alquilar
Las asociaciones de consumidores también sospechan que la instalación de interruptores pueda desembocar en un aumento de la potencia contratada en los hogares y, por consiguiente, en un incremento de la facturación.
Temen que en muchos hogares 'salte' de forma habitual y la incomodidad de no disfrutar de la red hará que muchos clientes opten por pedir un aumento de red.
Desde Endesa no ofrecen datos sobre el número de abonados que necesitan adaptarse ni valoran las incidencia de la campaña informativa que están llevando a cabo en Badajoz .
Roberto Serrano recomienda que los clientes inicien el proceso después de recibir la segunda carta de la compañía. «Primero te envían una y te comunican que tienes 20 días. Si no haces nada vuelves a recibir una segunda. Entonces es cuando hay que pedir que te lo pongan».
Entre comprar o alquilar el sistema de control, la mayoría de las agrupaciones de consumidores recomiendan la segunda opción. Argumentan varias razones, entre ellas, que los interruptores tienen en realidad una utilidad limitada: los nuevos contadores ya integran el sistema de regulación y en el momento que el propietario reforme la casa y cambie parte de la instalación, el sistema que se coloque dejará de ser efectivo.
Otro razón a favor del alquiler es que la compañía se encarga de verificar o cambiar el instrumento cuando haya alguna avería, mientras que si es propio, las reparaciones y las incidencias corren a cargo del propietario del interruptor.

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